El TS suspende cautelarmente la reducción de plazos para pasar la ITV

El alto tribunal ya había admitido a trámite en julio un recurso interpuesto por Automovilistas Europeos Asociados (AEA) contra dicha normativa.


El Tribunal Supremo ha comunicado este miércoles la suspensión cautelar de la reducción de los plazos para pasar la ITV impuesta el pasado mes de mayo por el Gobierno a través de una orden de Sanidad. De este modo, el alto tribunal estima la petición de la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte (Fenadismer), que ha recibido «con enorme satisfacción» la paralización de una normativa que a su juicio solo buscaba que las ITV recuperen el trabajo perdido durante el confinamiento.

Tribunal Supremo suspende cautelarmente reducción de plazos ITV

En concreto, el apartado de la orden que el TS ha suspendido indicaba que, una vez inspeccionados los vehículos cuyos certificados hubieran sido prorrogados automáticamente debido al confinamiento, la fecha de validez de la revisión sería la que constase en la tarjeta ITV «y no computará, en ningún caso, la prórroga de los certificados concedida como consecuencia de la declaración del estado de alarma y de sus sucesivas prórrogas».

Esto significa que si un vehículo pasaba la ITV en septiembre cuando la fecha inicial era en mayo, el cálculo a partir del cual se estipulaba la próxima inspección técnica era el mes de mayo, aunque hubiera sido cinco meses más tarde cuando el coche se hubiera revisado y certificado su correcto estado de mantenimiento. El colmo del absurdo…

Fenadismer argumentaba en su petición que esta medida «recorta de modo sustancial la vigencia periódica para pasar la siguiente inspección», causando no solo un perjuicio económico a los conductores sino también una pérdida de productividad, puesto que los mismos deberían acudir a una estación ITV dos veces prácticamente seguidas o en un periodo de tiempo muy corto.

Cabe recordar que, ya a finales de julio, el Defensor del Pueblo respaldó la denuncia de Fenadismer al señalar que la medida dictada desde la orden de Sanidad «carece de sentido al acortar artificialmente la vida de la última ITV obligando al propietario del vehículo a realizar dos inspecciones seguidas en un corto lapso de tiempo que, en los casos más extremos (como el de los vehículos sujetos a inspección semestral) puede ser solo de unos poco días».

 

motorok

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