Obligaciones del taller en el montaje de recambios nuevos y usados

VirtualRec enumera aquellas excepciones en las que el taller no está obligado a usar recambios nuevos y puede optar por alternativas.


Como norma general, los talleres están obligados al uso exclusivo de piezas o conjuntos nuevos y adecuados al modelo de vehículo objeto de reparación. VirtualRec, novedosa app de recambios de automóvil originales para talleres, recuerda que esta obligación cuenta con algunas excepciones para las que hace falta la conformidad (por escrito y adelantado) del cliente. Las repasamos:

obligaciones del taller en el montaje de recambios

Excepciones a la instalación de piezas nuevas

  • Los talleres pueden instalar elementos, equipos o conjuntos reacondicionados o reconstituidos por los fabricantes de los mismos o por industrias especializadas autorizadas por el Ministerio de Industria y Energía.
  • Los talleres pueden instalar determinados elementos o conjuntos usados, reconstruidos por talleres especialistas y expresamente autorizados por el Ministerio de Industria y Energía para la utilización exclusiva de éstos en las reparaciones de vehículos. Siempre con la responsabilidad del taller de que los componentes se encuentran en buen estado y cuentan con la garantía suficiente.
  • Los talleres pueden utilizar piezas usadas no específicas del modelo a reparar en caso de urgencia justificada, cuando se traten de piezas que ya no se fabrican u otro motivo previamente aceptado por el usuario. El taller debe responsabilizarse por escrito de que los componentes se encuentran en buen estado y permiten la adaptación al vehículo a reparar con garantía suficiente.
  • Además, el taller debe tener a disposición del público justificación documental que acredite el origen y precio de los repuestos utilizados. Está prohibida cualquier sustitución innecesaria de componentes, cuando ello suponga un aumento del precio al usuario o una posible degradación del automóvil.

Una vez realizada la reparación, el taller está obligado a presentar al cliente las piezas viejas que hayan sido sustituidas y facilitar la información necesaria acerca de la procedencia de los elementos, equipos o conjuntos instalados, así como la garantía legal de las piezas y el garante de las mismas.

En este sentido, los talleres tienen la obligación de garantizar las reparaciones e instalaciones efectuadas, así como responsabilizarse de cualquier perjuicio derivado en las siguientes condiciones:

  • La garantía de reparación caduca a los tres meses o 2.000 kilómetros recorridos (a los 15 días o 2.000 kilómetros para los V.I.) a contar desde la fecha de entrega del mismo y siempre que el vehículo no haya sido manipulado o reparado posteriormente por terceros.
  • La garantía es total e incluye los materiales aportados, la mano de obra y los gastos de transporte necesarios para llevar a cabo la reparación o desplazamiento de los operarios si el vehículo no pudiese desplazarse.
  • Si se produce una avería en las partes reparadas durante el período de garantía, el taller deberá repararla gratuitamente, previa comunicación del cliente. La reparación podrá hacerse por el taller garante o por otro taller que actúa en su nombre.
  • Las aportaciones de piezas de los clientes para la reparación del vehículo no están garantizadas por el taller que las monta.
  • Cuando la tramitación de un expediente deduzca negligencia o fraude en la calidad de los servicios efectuados o en la aceptación de garantías, en la resolución del mismo se acordará la expedición a favor del cliente sobre los extremos que resulten oportunos, para que éste, si lo desea, promueva las acciones que le correspondan ante la jurisdicción competente.

VirtualRec también recuerda que los talleres tienen la obligación de poner a disposición de los clientes las hojas de reclamaciones de modo permanente. Estos documentos deben estar perfectamente accesibles al público y, en caso de ser solicitadas, el taller debe facilitar toda su información (dirección postal, número de teléfono, fax o correo electrónico) para interponer quejas y reclamaciones. También deben informar si están adheridas a algún sistema de resolución extrajudicial de conflictos, como el arbitraje en consumo o la mediación.

 

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