AFIBA insta a los fabricantes a aplicar la normativa del control de acceso al diagnóstico de vehículos

La asociación ha realizado un vídeo en el que se abordan las principales cuestiones sobre este tema que ocupan y preocupan al sector.


La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del 5 de octubre de 2023 establece que las restricciones impuestas por los fabricantes de vehículos a los sistemas de diagnosis hacia los reparadores independientes son ilegales. «El cumplimiento de la sentencia es fundamental ya que garantiza a los operadores independientes el acceso ilimitado a la información necesaria para realizar reparaciones y mantenimiento de vehículos de manera efectiva», recuerdan desde la Asociación Nacional de Fabricantes e Importadores de Bienes de Equipo (AFIBA).

Para responder a algunas de las dudas que los asociados y talleres independientes puedan tener al respecto, la asociación ha realizado un vídeo explicativo en el que uno de los miembros de su Junta Directiva, David Turégano, aborda las principales cuestiones que ocupan y preocupan al sector.

«Es posible que las marcas hagan caso omiso de esta sentencia. Por ello desde la asociación se les ha instado a que respondan a las acciones que piensan hacer en este sentido. Pero la norma europea es de obligado cumplimiento y, como falla en su contra, no cabe recurso alguno», comenta David Turégano. Y añade que «dado que existen 21 marcas fabricantes y la mayoría no han respondido a nuestra instancia, lamentablemente acabaremos viéndonos en el juzgado».

El miembro de AFIBA también explica que los modelos de las marcas afectadas por esta sentencia de acceso al control de diagnosis son aquellos fabricados a partir de 2016 y aclara que «los costes derivados de la sustitución o reprogramación de las piezas deben ser a cargo de la marca, según recoge la sentencia europea».

 

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