A fin de optimizar los recursos en la gestión de neumáticos fuera de uso, dando cumplimiento a las obligaciones legales que tienen los productores de neumáticos españoles adheridos al Sistema Colectivo, TNU ha anunciado una nueva modulación de sus tarifas en el tratamiento de neumáticos NFU. Desde TNU argumentan que estos cambios atienden a las distintas categorías de neumáticos existentes y a los costes necesarios para que la prestación del servicio de gestión de los mismos mantenga en cada momento una adecuada relación coste-eficiencia en términos económicos, sociales y medioambientales.
A estos efectos, el Consejo de Administración de TNU ha considerado oportuno y necesario modificar la categorización F1, Agrícola de Peso < 50 kg, debido a que el intervalo de pesos que se abarcaba en la anterior categorización era demasiado amplio y producía cierta desproporcionalidad en la aplicación de la tarifa. De este modo, se ha decidido subdividir esta categoría en:
- F1A.- Agrícola con Peso ≤ 25 kg.
- F1B.- Agrícola con Peso > 25 y < 50 kg.
Esta subdivisión sigue respetando los criterios aprobados y publicados por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD), así como las categorías establecidas en el Registro de Productores y proporciona una mayor equidad en la contribución financiera al sistema. Además, se consigue una menor distorsión en los productores en cuanto a la dinámica del día a día en las correspondientes declaraciones al sistema gestionado por TNU y al registro de productores, y por otro, el aplicar las tarifas adecuadas a cada categoría de neumáticos, respetando los principios de proporcionalidad, igualdad y ecomodulación.
La nueva tarificación se detalla en https://www.tnu.es/wp-content/uploads/documentos/tarifas/tnu-tarifa-sep-2023.pdf y se está aplicando desde el pasado 1 de septiembre.
TNU recuerda asimismo que los neumáticos objeto de declaración al sistema son:
- Neumáticos nuevos fabricados en España y neumáticos nuevos procedentes de adquisición intracomunitaria o de importación de países terceros.
- Neumáticos de segunda mano procedentes de adquisición intracomunitaria o de importación de países terceros.
- Neumáticos preparados para su reutilización en los centros autorizados para el tratamiento de los vehículos al final de su vida útil y comercializados como neumáticos de segunda mano, para los que el centro no pueda garantizar y justificar, de conformidad con los artículos 7.5 y 11.1 del Real Decreto 20/2017, de 20 de enero, sobre los vehículos al final de su vida útil, el correcto tratamiento, por un gestor autorizado, de los neumáticos fuera de uso que se generen derivados de dicha preparación para la reutilización y comercialización.
- Neumáticos recauchutados sobre carcasas importadas, fabricados en España, y neumáticos recauchutados procedentes de adquisición intracomunitaria o de importación de terceros países.
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