Tanto CETRAA como CONEPA, las principales organizaciones empresariales del sector del mantenimiento y la reparación de vehículos en España, han trasladado al ministerio competente el malestar del sector ante la no inclusión de los talleres entre quienes pueden acogerse a la moratoria de las cotizaciones sociales por seis meses y sin intereses.
El pasado 28 de abril se publicó en el BOE la Orden ISM/371/2020, de 24 de abril, por la que se desarrolla el artículo 34 del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, en el que se adoptan medidas urgentes complementarias para hacer frente al COVID-19. Allí se concretan los CNAES de los sectores económicos que pueden acogerse a la moratoria de las cotizaciones sociales a ingresar en los meses de mayo, junio y julio. Y, lamentablemente, los talleres de automoción no figuran entre los agraciados.
Ambas patronales entienden que, por jerarquía normativa, esta nueva orden no puede limitar el ámbito subjetivo de una norma superior (el Real Decreto-Ley 11/2020), la cual determina que todas las actividades no suspendidas pueden acogerse a dicha moratoria. Pero es que, más allá de cuestiones normativas, tampoco entienden los motivos por los que el sector reparador de vehículos no haya sido incluido entre los que pueden solicitar el aplazamiento de pagos; más aún cuando algunos de los que sí se beneficiarán de esta moratoria sólo han podido atender urgencias durante el estado de alarma, es decir, el mismo caso que el de los talleres.
Se trata de actividades cuyo desempeño se ha limitado por una Orden Ministerial, sufriendo una importante reducción de sus facturaciones al no poder atender al público en general y, por consiguiente, generando importantes problemas de liquidez. Al respecto, CETRAA y CONEPA se preguntan por qué ciertos sectores reciben el mismo tratamiento a efectos del ERTE por fuerza mayor y en cambio reciben uno distinto respecto de la moratoria del artículo 34 del Real Decreto-Ley.
Para las dos patronales tampoco resulta comprensible cómo sectores que han podido desarrollar su actividad sin apenas restricciones durante el estado de alarma (más allá de limitación en los desplazamientos) sí se pueden beneficiar de la moratoria mientras que los talleres, a los que por ley se les ha impedido poder atender al público en general, no van a poder hacerlo.
Por todo ello, CETRAA y CONEPA solicitan la modificación de la Orden ISM/371/2020, de 24 de abril, y que se incluya al sector de los talleres de reparación de vehículos dentro de los que están autorizados para poder aplazar durante seis meses y sin intereses sus cotizaciones.
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