Los talleres de la Comunidad de Madrid optan a interesantes subvenciones

ASETRA ayudará a todos los negocios reparadores que se muestren interesados a enviar la solicitud requerida por vía telemática.


ASETRA informa que el Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo de Madrid ha puesto en marcha diez líneas de subvención dirigidas a la reducción de la siniestralidad laboral. Los talleres madrileños que pretendan beneficiarse de dichas ayudas deberán cumplir el requisito indispensable de tener un plan de prevención de riesgos laborales y cumplir con la normativa de seguridad y salud laboral.

La asociación informa de que las compras o inversiones realizadas objeto de ayuda deberán haberse realizado entre el 9 de agosto y el 10 de octubre. Asimismo, la adquisición de equipos informáticos y su software no serán objeto de subvención, ni tampoco podrán financiarse las acciones e inversiones mediante arrendamiento financiero, fraccionamiento, aplazamiento, agrupación de pagos o similares.

Las subvenciones, que oscilan entre el 40% y el 100% según línea y gasto, exigen la acreditación de unos documentos para los que ASETRA muestra su total disponibilidad en la ayuda a los talleres asociados que requieran apoyo y asesoramiento en este aspecto.

Líneas de subvención disponibles

De las 10 líneas disponibles, los talleres pueden solicitar las siguientes:

  • Línea 1. Adquisición de maquinaria nueva, en sustitución de antigua

Maquinaria que se sustituye: acreditar su posesión con anterioridad al 31 de diciembre del 2006 en la Comunidad de Madrid y aportar certificado de achatarramiento.

Maquinaria nueva: declaración CE para máquinas, Manual de Instrucciones (castellano) que cumpla con la normativa de máquinas.

  • Línea 2: Adecuación de equipos al Anexo I del Real Decreto 1215/1997, de 18 de Julio por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
  • Línea 3: Adquisición de equipos de trabajo para zonas ATEX, zonas clasificadas por riesgo de formación de atmósferas explosivas.
  • Línea 4: Diseño e instalación de sistemas de extracción localizada
  • Línea 5: Adquisición de equipos de trabajo motorizados. Destinada a equipos de trabajo motorizados para el traslado, transporte y almacenamiento de cargas o adquisición de equipos de trabajo motorizados para la realización de trabajos en altura por trabajadores.
  • Línea 8: Formación teórica y práctica de extinción de incendios, concertada con servicios ajenos y dirigida a trabajadores de PYMES.
  • Línea 9: Actuaciones encaminadas a facilitar el cumplimiento de ciertos requisitos para la reducción de cuotas por accidente de trabajo y enfermedad profesional. Serán objeto de subvención aquellas inversiones en actuaciones de mejora en los lugares de trabajo encaminadas a la disminución/eliminación de riesgos, planes de movilidad y actuaciones para reducir el número de trabajadores expuestos a riesgos de enfermedad profesional (exposición al ruido y agentes sensibilizantes respiratorios).

 

¿Cuantía de la subvención?

Gasto Subvencionable Líneas subvencionables % Subvención
≤ 1000 € 2,3 y 8 100 %
1001 € – 5000 € Todas 75%
> 5000 € Todas 40%

*20.000€ por empresa y año, es el importe máximo, sumados los importes concedidos en todas las líneas en las que se solicite ayuda.

 

 



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