La formación sobre riesgos laborales en el taller, deberes obligados en España

Las empresas tienen un plazo de tres años para que sus plantillas pasen por un curso determinado en función de su puesto de trabajo.


riesgos laborales en el tallerLos riesgos laborales en el taller ya no son una mera recomendación o consejo. Ni tan siquiera una cuestión de sentido común. No desde que el Boletín Oficial del Estado publicase ayer el II Convenio colectivo estatal de la industria, la tecnología y los servicios del sector del metal, que incluye como una de las novedades más significativas el desarrollo del artículo 19 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales relativo a la formación de los trabajadores.

En base a esta nueva regulación, todos los trabajadores por cuenta ajena que trabajen en los talleres tendrán que realizar determinadas acciones formativas proporcionadas por la empresa en función del puesto de trabajo realizado. Los autónomos, no obstante, no están afectados por esta nueva obligación sobre los riesgos laborales en el taller.

A continuación, se ofrece un breve resumen de la formación mínima obligatoria en PRL que los trabajadores del taller deberán recibir:

  • Directivos: Duración mínima de 6 horas. La impartición podrá ser presencial o en teleformación.
  • Administrativos: Duración mínima de 6 horas y la modalidad de impartición será presencial o en teleformación.
  • Electromecánicos y carroceros/pintores: Con una duración mínima de 20 horas impartida de manera presencial.
  • Trabajadores con funciones preventivas (responsable de prevención de riesgos laborales de cada taller): Tendrá una duración mínima de 50 horas, que podrá impartirse con 20 horas presenciales y 30 horas en teleformación.

También se prevé un reciclaje obligatorio cada tres años con una duración de cuatro horas. Para acreditar esta formación se creará una Tarjeta Profesional del Sector del Metal expedida por la Fundación del Metal para la Formación (FMF) en la que se recogerá la información recibida por el titular. Los talleres tienen un plazo máximo de tres años para formar a sus trabajadores, a razón de al menos un sexto de sus plantillas por cada semestre.

Las asociaciones de CONEPA están estudiando la manera de dar el mayor apoyo a sus miembros en el cumplimiento de la nueva normativa. De momento, se aconseja a los talleres que, antes de iniciar cualquier curso que les puedan ofertar, se consulte con su asociación tanto la capacitación de la entidad formadora como la validez del curso.

 

 



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