Mediante una reforma exprés del nuevo ROTT que ya adelantó Fenadismer, el Ministerio de Transportes ha eliminado el aspecto relativo a la duración del período temporal de suspensión de las autorizaciones de transporte, que variaba en función del año en que se decretara tal suspensión.
La federación del transporte explica que, hasta ahora, si la pérdida de honorabilidad se producía en año par (es decir, coincidiendo con el año en que corresponde a las empresas de transporte público de mercancías hacer el visado de las autorizaciones de transporte) la suspensión se convertía en indefinida; pero si se producía en año impar, la suspensión se limitaba a un periodo máximo de un año.
Pero tras la reforma aprobada, esta diferenciación queda eliminada y así la suspensión de las autorizaciones quedará limitada al máximo de un año.
Un reglamento que deja víctimas
Fenadismer explica que, desde su entrada en vigor, son miles las notificaciones de comunicación de pérdida de la honorabilidad que los servicios territoriales de inspección han venido dirigiendo tanto a las empresas transportistas como a sus gestores.
Las consecuencias de la pérdida de la honorabilidad son, además de la inhabilitación del gestor de transporte de la empresa transportista, la suspensión temporal de las autorizaciones de transporte, lo que en la práctica supone la paralización de la actividad de la empresa con la consiguiente pérdida de clientes, despido de trabajadores y quebranto económico.
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