La prevención de riesgos laborales en los talleres madrileños, a examen

Asetra pone a disposición de sus talleres asesoramiento y ayuda personalizada para ayudarles a cumplir con la normativa de PRL.


La Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Madrid ha iniciado una campaña de inspección dirigida a los talleres madrileños. Asetra, asociación madrileña integrada en CONEPA, ya pone a disposición de sus talleres asesoramiento y ayuda personalizada para ayudar a sus asociados a cumplir con la normativa vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales (PRL).

Ministerio Trabajo inspección talleres madrileños

La patronal de talleres detalla la documentación requerida cuando el taller es visitado por un inspector de trabajo. Este listado, que puede verse ampliado en función del criterio del inspector, se resume en los siguientes puntos.

  1. Contrato con un Servicio de Prevención Ajeno (SPA).
  2. Evaluación inicial de Riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores:
  3. Planificación de la actividad Preventiva.
  4. Plan de Emergencia y Evacuación.
  5. Formación impartida en materia de Seguridad y Salud. Tras la aprobación del II Convenio colectivo estatal de la Industria, la tecnología y los servicios del sector del metal (junio 2017), todos los trabajadores encuadrados en los CNAE 45.20 (mantenimiento y reparación de vehículos de motor) y 45.40 (mantenimiento y reparación de motocicletas) del sector metal deberán cursar una formación mínima en materia de Riesgos Laborales en función del puesto de trabajo realizado. En octubre de este año, los talleres ya deberán tener formada a un 66% de su plantilla.
  6. Documentación sobre vigilancia de salud de los trabajadores. El taller tiene la obligación de ofrecer anualmente la realización del reconocimiento médico a sus trabajadores. Estos pueden rechazarlo y deberán hacerlo mediante renuncia expresa recogida por el taller a través de un documento tipo.
  7. Justificante de entrega de equipos de protección individual.
  8. Maquinaria y equipos de trabajo utilizados en el taller. Justificante de mantenimiento de los elevadores de vehículos, marcado CE maquinaria, adecuación al RD 1215/1997 de equipos de trabajo anteriores a 1995, resguardos y protecciones de la maquinaria en correcto estado, etc.
  9. En el caso de los talleres con la especialidad de chapa y pintura, documentación que justifique el mantenimiento de la cabina de pintura, estudio de atmósferas explosivas en algunos casos.

 

conepa

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