Fenadismer denuncia que algunas ITV ignoran la prohibición del TS de recortar la vigencia de las revisiones

La federación lamenta que algunas estaciones estén desoyendo las indicaciones del Supremo e Industria y se muevan por su afán recaudatorio.


El pasado 29 de septiembre, el TS decretó la suspensión cautelar de la orden del Ministerio de Sanidad publicada en mayo y que establecía un nuevo y polémico calendario para que los vehículos afectados por el cierre de las ITV durante el estado de alarma pudieran pasar la revisión. Fenadismer, impulsora de la intervención del Supremo contra el Gobierno, alerta ahora de que algunas ITV están ignorando el Auto judicial del TS y siguen aplicando la vigencia de las revisiones conforme a lo establecido por Sanidad, con claro afán recaudatorio.

Fenadismer denuncia algunas ITV ignoran orden del Tribunal Supremo sobre anulación de la vigencia de las revisiones

El calendario sobre la vigencia de la ITV que el Supremo suspendió cautelarmente computaba el plazo para pasar la siguiente revisión, no desde el día que efectivamente se realiza sino cuando le correspondía pasarla durante el estado de alarma. Para ilustrar el sinsentido de que algunas estaciones sigan aplicando ese cálculo a pesar de la suspensión del TS, la federación del transporte aporta la imagen de la ficha técnica de un camión en la que se puede comprobar que el vehículo pasó su revisión el martes 6 de octubre en la Región de Murcia y está obligado a pasar la revisión nuevamente… ¡el próximo día 23!

Injusticia sobre injusticia

Además, Fenadismer recuerda que existe otra injusticia. Y es que el Ministerio de Industria, en su obligación de hacer caso a la suspensión cautelar del Supremo, dictó una instrucción en la que instó a las estaciones de ITV a cumplir el Auto del TS, si bien limitándolo solo a las inspecciones de los vehículos afectados durante el estado de alarma que aún no hayan pasado la revisión. Esto implica mantener la vigencia de la ITV «recortada» (y, por lo tanto, claramente injusta) a quienes la pasasen antes de la pronunciación del Supremo.

Esta decisión restrictiva supondrá que los efectos del Auto del Supremo solo afecten al 40% de los vehículos que no pudieron acudir a la ITV durante el estado de alarma, esto es, aproximadamente unos dos millones de vehículos. Al respecto, Fenadismer ha planteado un recurso de aclaración al Alto Tribunal en relación a la posible aplicación retroactiva de su resolución judicial «para evitar que los cientos de miles de vehículos de transporte que por ley deben pasar la ITV cada seis meses, sigan teniendo que pasar dos veces seguidas la ITV durante los próximos meses».

La federación instará a las Consejerías de Industria para que adopten todas las actuaciones que sean necesarias para eliminar inmediatamente dichos abusos, sancionando de forma ejemplar a las concesionarias que lo hayan seguido realizando. Además, recomienda a todos los propietarios de vehículos afectados interponer la correspondiente denuncia ante los Servicios de Industria y Consumo de las correspondientes Comunidades Autónomas.

 

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