Publicado el convenio colectivo aplicable a los talleres madrileños en 2018-2020

Se firmó el pasado 5 de noviembre de 2018, pero hasta el pasado 14 de febrero no se había recogido en el boletín oficial de la Comunidad de Madrid.


La semana pasada se publicó el convenio colectivo y las tablas salariales vigentes en los talleres de Madrid para el trienio 2018-2020Asetra ya adelantó en su día los principales puntos del acuerdo, firmado en noviembre del año pasado pero no publicado en el boletín oficial hasta este mes. La Asociación de Talleres de Madrid anima a sus asociados a contactar con ella para recibir información personalizada si así lo requieren.

tabla salarial 2018 convenio colectivo talleres Madrid

Las cuestiones más relevantes del convenio colectivo (consultable aquí) son las siguientes:

Compensación y absorción: Se mantiene la compensación y absorción de los incrementos salariales en un 75% excepto parta los salarios inferiores a 17.000 € referidos a tablas salariales, esto es, el salario de convenio incluido más la antigüedad y la carencia de incentivos.

Ascensos: Se elimina la reserva de ascensos por antigüedad, siendo a partir de este momento todos los ascensos por mérito y capacidad.

Contrato de formación: Se reduce la duración mínima del contrato de formación hasta los seis meses, siendo de 30 la duración máxima.

Incremento salarial: Se trata de un convenio cuya vigencia será de tres años, en el que se ha acordado un incremento de las tablas salariales del 2,1% para el año 2018, 2% y 2% para 2019 y 2020.

Vacaciones: Las vacaciones anuales serán de 21 días laborables al año.

Licencias: Se crea un permiso retribuido de 20 horas anuales para acompañamiento de cónyuges, hijos y padres sujetos a tratamiento oncológico. El inicio del disfrute de licencias y permisos será en día laborable y se utilizarán de forma consecutiva. El permiso para asistencia de 16 horas que ya existía para acompañamiento a médico de familiares de primer grado, podrá utilizarse también para asuntos escolares. Licencia por el tiempo indispensable para asistir a exámenes cuando el trabajador curse con regularidad estudios para obtener un título académico o profesional reconocido. En los casos de enfermedad grave o fallecimiento, se incluye el requisito de que el desplazamiento sea como mínimo de 100 km y en otra provincia para poder disfrutar de la licencia de cuatro días naturales.

Jornada Anual: Se mantiene la jornada anual de 1.764 horas durante la vigencia del convenio.

 

asetra

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