CONEPA comparte que desde la Subdirección General de Economía Circular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico han avalado su interpretación sobre la aplicación del Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases, en cuanto a la obligatoriedad de inscripción en el Registro de Productores de Productos (sección envases) para los talleres de reparación y mantenimiento de vehículos.
En base a ellos, solo las empresas del sector que envasan productos para su posterior comercialización y las que adquieren productos envasados fuera de España tienen obligación de realizar la inscripción y cumplir con el resto de los requisitos de la norma.
La respuesta de la Administración central ratifica, por tanto, la postura de la patronal de talleres frente a la de algunas empresas que, en los últimos meses, se han dirigido a los talleres indiscriminadamente ofreciéndoles la realización de un trámite obligatorio, según su criterio, para todas las empresas del sector.
Las asociaciones de CONEPA realizan estos días una campaña informativa para sus asociados, destacando dos mensajes importantes:
- Si un taller compra productos envasados a distribuidores nacionales no debe inscribirse en el Registro de Productores de Producto en la sección de envases.
- Si un taller envasa directamente o introduce productos envasados en el territorio nacional (compra a proveedores fuera de España), sí tendrá la obligación de inscribirse en el registro. En tal caso, las entidades de CONEPA ofrecen a sus miembros información para analizar su casuística concreta.
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