Una reciente sentencia de un juzgado de Madrid capital condena a un taller de reparación a devolver la factura cobrada al consumidor por unos trabajos basados en un supuesto diagnóstico previo de otro reparador y que dio lugar a que el cliente ordenase la intervención al taller contratado sin que se solucionase la avería. Y es que, como regla general, juzgados y tribunales ordinarios de Justicia mantienen ese criterio al dictar sus resoluciones. Por ello, desde la patronal de talleres CONEPA recuerdan que el taller responde de la garantía de la reparación o instalación y, por tanto, queda sujeto a la responsabilidad derivada de los trabajos efectuados.
«Suele entenderse en sede judicial que, aunque el consumidor dé la orden a un taller de realizar una determinada intervención en su vehículo en base a un diagnóstico previo realizado en otro centro reparador, el taller contratado deberá realizar sus propias comprobaciones y verificar la información aportada por su cliente como supuesta causa de una avería», explican desde la federación nacional.
En esta línea, las asociaciones integradas en CONEPA aconsejan a sus miembros que, como profesionales de la reparación y en su condición de garantes de los trabajos efectuados conforme a la norma que regula su actividad industrial, intenten minimizar riesgos comprobando por sí mismos cualquier diagnóstico previo realizado por terceros. «Apartarse de esta regla conlleva unos riesgos jurídicos que pueden repercutir económicamente en caso de conflicto con el cliente», señalan.
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