«La Comisión Europea ha dado pasos sustanciales dirigidos a mejorar el acceso de los operadores independientes a la información técnica para reparar vehículos y está examinando la aplicación de las normas con las autoridades para velar por su puesta en práctica adecuadamente«. Así traslada la Comisión Europea a la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo el informe de seguimiento periódico del expediente 1256/2017, abierto a finales de 2017 a raíz de la presentación de un manifiesto avalado por 5.000 talleres en el que CONEPA solicitaba apoyo para garantizar, a través de marcos jurídicos adecuados y el control de su cumplimiento, el futuro de miles de pymes dedicadas a la reparación y el mantenimiento de vehículos que operan en la UE.
La comunicación del Europarlamento mediante escrito directo al presidente de CONEPA, entidad que reúne a 18 asociaciones de talleres de reparación y mantenimiento de vehículos en España, se ha producido unos cuatro años después de aquel diciembre de 2017, cuando el escrito de la federación se trasladó a las más altas instancias de la UE.
Tras su admisión a trámite en abril de 2018, se inició un proceso de seguimiento del proceso, que ha tenido diversos hitos con diferentes comunicaciones de la CE, la primera de ellas en mayo de 2018 y la última el pasado 21 de septiembre. En dicho proceso, destaca especialmente la comparecencia de representantes del ejecutivo europeo en una reunión celebrada el 3 de octubre de 2019 en la que el Europarlamento decidió no dar por cerrado el expediente, a pesar de que la Comisión considerara que ya había hecho sus deberes para garantizar la solicitud de CONEPA.
Ahora, la Comisión aporta al Parlamento diferente documentación y especialmente hace referencia al Reglamento Delegado (UE) 2021/1244 de la Comisión, que introduce una referencia a la norma EN ISO 18541-2014 para facilitar el intercambio entre fabricantes y operadores independientes de RMI (Información técnica necesaria para reparar, mediante el establecimiento de los requisitos y procedimientos técnicos para un acceso normalizado a los sitios web de los fabricantes).
La Comisión añade que dicho Reglamento también establece un procedimiento que garantiza el acceso de los operadores independientes que cumplen los requisitos del Reglamento a determinadas medidas de seguridad de los vehículos que figuran en los sitios web de los fabricantes. Este procedimiento supone también una garantía para los fabricantes, puesto que solo los operadores independientes que respeten el procedimiento del Reglamento tendrán acceso a esta información sensible, que incluye datos relativos a la seguridad del vehículo.
Una vez realizado el proceso de redacción de normas jurídicas adecuadas, queda una segunda parte: el control de su cumplimiento. Y, a este respecto, la Comisión indica al Europarlamento que ya está trabajando con las autoridades competentes para que el espíritu de la normativa se aplique en los procesos ligados a la reparación y mantenimiento de vehículos en un contexto de libre competencia y para beneficio de los consumidores europeos.
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