Hasta el 17 de septiembre, el Ajuntament de Barcelona mantiene abierto el plazo para la petición de ayudas destinadas a mejoras en instalaciones o funcionamiento de una actividad económica en Barcelona. Estas partidas se destinan a trabajadores autónomos y empresas, con o sin local, que desarrollen su actividad en la Ciudad Condal. La patronal catalana de recambistas de automoción CIRA ha querido compartir todo lo que necesitan saber los interesados en optar a estas ayudas y anima a contactar con Ana Roldán (gremi@cira.es) para solventar cualquier duda u obtener más información.
Condiciones y requisitos para las ayudas
- El proyecto ha de tener un importe mínimo de 20.000€ (IVA excluido).
- El período comprendido para realizar las actuaciones de la inversión será el comprendido entre el 14 de marzo de 2020 y el 31 de diciembre de 2021.
- Sólo se podrá presentar una sola solicitud de subvención por persona (NIF o DNI).
- Se tendrá que estar al corriente de pago con todas las administraciones públicas.
- Se deberán justificar cualquier otra subvención otorgada con el Ayuntamiento de Barcelona.
- No tener sanciones administrativas firmes, ni estar en concurso de acreedores o declaración de insolvencia.
- No superar la cantidad de 200.000€ en subvenciones en un período de tres ejercicios fiscales.
- En caso de que la persona que suscriba la solicitud no sea el titular de la actividad, tendrá de acreditarlo.
- La persona beneficiaria de la subvención, habrá de exponer el distintivo de la campaña de comunicación de esta convocatoria de forma visible. Este distintivo se facilitará por parte del Ayuntamiento en el momento de la adjudicación definitiva de la subvención.
- Sólo en el caso de que la de que la inversión se realice con posterioridad a la fecha de solicitud de la subvención: cuando el importe del gasto subvencionable exceda de 30.000€, en el caso de coste por ejecución de obra o de 12.000€ en el caso de prestación de servicios (consultoría, dirección de obra o asistencia técnica), el beneficiario tendrá que presentar, como mínimo, tres presupuestos de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación.
Gastos subvencionables
- Obras de reforma interior:
- Modificación de tabiques existentes.
- Reparación o sustitución de revestimientos.
- Reparación de humedades y elementos de aislamiento.
- Renovación de instalaciones.
- Reparación o renovación de ventanas, vidrios, puertas, etc.
- Reparación o renovación de señalización interior, rotulación y toldos exteriores.
- Instalación o sustitución de ascensores, montacargas, etc.
- Instalación o sustitución de sistemas de seguridad o vigilancia.
- Domótica.
- Adquisición, reparación o sustitución de mobiliario, aparadores, mostradores, estanterías, expositores, sistemas de calefacción y aire acondicionado, elementos específicos de protección contra el COVID.
- Eliminación de barreras arquitectónicas e instalación de elementos de inclusión:
- Eliminación de escalones y creación de rampas, barandillas, etc.
- Modificación ancho puertas.
- Adaptación de probadores.
- Adaptación o mejora de WC e inclusión de alarma por caídas.
- Disponer de Apps que lean e interpreten en lengua de signos la carta de los menús u otra información del establecimiento.
- Instalación de bucles de inducción magnética para facilitar la conversación a personas con discapacidad auditiva.
- Funcionamiento de la actividad económica:
- Adquisición, reparación o sustitución de maquinaria y/o utillaje.
- Instalación o mejora de los sistemas de gestión y comercialización: e-commerce, s-commerce, m-commerce.
- Maquinaria, licencias de programario, terminales de puntos de venta, sistemas de codificación y lectura óptica.
- Incorporación de técnicas de marketing, sistemas de gestión de bases de datos con clientes, CRM.
- Implementación de soluciones para la automatización de procesos en la mejora del negocio: redes para la conectabilidad digital, sistemas de alarma, seguridad, TPV, etc.
- Sostenibilidad y equidad de la actividad:
- Mejoras en eficiencia energética y sostenibilidad como la adquisición e instalación de aparatos o sistemas de iluminación de bajo consumo, uso responsable del agua, aparatos de climatización o conservación de alimentos que suponga una reducción energética.
- Instalación de puntos de recarga de vehículos.
- Implantación de sistemas de gestión energética.
- Incorporación de vehículos eléctricos.
- Recogida, separación y gestión de residuos.
- Incorporación de packaging ecológico, reutilizable y biodegradable.
Importe de las ayudas
El importe de la subvención será el 50% del importe total del proyecto de inversión (sin IVA) hasta un máximo de 100.000€.
Criterios de evaluación
- Todos los proyectos presentados y admitidos serán sujetos a una revisión técnica y se puntuarán.
- Dependiendo de la puntuación y de la fecha de trámite, se dará la admisión y prioridad a las solicitudes.
- Los puntos máximos a alcanzar para que sea admitida la solicitud serán 100.
Pago de la subvención
Se prevén dos modalidades una vez sea revisada y admitida la solicitud:
- Si ya se ha realizado la inversión y se justifican en la solicitud los gastos, se realizará pago único del importe solicitado.
- Si aún no se ha realizado la inversión y se presentan presupuestos, el pago único se realizará cuando se publique la resolución definitiva.
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